Límites de la prueba prohibida a partir del nuevo sistema de justicia penal en México.
Campos Cantú, Hugo Alejandro (2016) Límites de la prueba prohibida a partir del nuevo sistema de justicia penal en México. Doctorado thesis, Universidad Autónoma de Nuevo León.
|
Texto
1080238094.pdf - Versión Aceptada Available under License Creative Commons Attribution Non-commercial No Derivatives. Download (1MB) | Vista previa |
Resumen
Las pruebas en el derecho penal en el ámbito de un órgano constitucional protector y respetuoso de los derechos fundamentales, deben ser obtenidas cumpliendo con lo que establece la CPEUM, es decir que las pruebas, deben estar acordes a los lineamientos jurídicos, respetando los derechos fundamentales. El artículo 20 apartado A, fracción IX, de la CPEUM, cuyo texto fue introducido con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, bajo la siguiente premisa: “Cualquier prueba obtenida con violación de derechos fundamentales será nula”, que emana como un principio general del procedimiento penal, de observancia oficiosa por parte de las autoridades jurisdiccionales y como parte integral del debido proceso de acuerdo con el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, vigente desde el 23 de junio de 1981, cuya fuerza imperativa se desprende de los numerales 1 y 133 de la Carta Magna; el precepto constitucional aludido contiene dos principios: el Principio de Exclusión de Prueba Ilícita y el de Legalidad de la Prueba (a contrario sensu).
Tipo de elemento: | Tesis (Doctorado) | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
Información adicional: | Doctor en derecho | ||||||
Divisiones: | Derecho y Criminología | ||||||
Usuario depositante: | Editor Repositorio | ||||||
Creadores: |
|
||||||
Fecha del depósito: | 11 Sep 2018 18:01 | ||||||
Última modificación: | 19 Dic 2019 20:58 | ||||||
URI: | http://eprints.uanl.mx/id/eprint/13742 |
Actions (login required)
Ver elemento |